Ecommerce: El roaming, protección de datos y ecommerce

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La salida de Reino Unido de la UE supone su revocación de todas las normas del Mercado Único Digital. Estas serán sus posibles consecuencias

El pasado 1 de enero concluyó el “periodo de transición” del Brexit, durante el que Londres y Bruselas mantuvieron el statu quo mientras negociaban los nuevos términos de su relación. El 24 de diciembre, finalmente, se alcanzó el entendimiento. Se abre una nueva era de consecuencias geopolíticas todavía incalculables.


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El Acuerdo de comercio y cooperación es extensible al comercio online y a la protección de datos en entornos digitales, pero pasa por alto otras materias relevantes. Entre ellas, los acuerdos tarifarios sobre los servicios de telecomunicaciones y los pactos para el acceso a servicios audiovisuales británicos.

Por norma general, las actividades británicas que afecten a usuarios europeos quedarán supeditadas a la normativa comunitaria y, en su caso, a la legislación de cada uno de los Estados miembros involucrados. Los consumidores europeos, por lo tanto, seguirán amparados por los mismos derechos.

En cuanto a las tarifas de telecomunicaciones, quedarán a expensas de las estrategias comerciales de las empresas del sector, aunque con limitaciones.

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