La Ley de Góndolas se aplicará en el comercio online

La Secretaría de Comercio Interior reglamentó la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de las grandes cadenas de supermercados, a través de la resolución 926/2021 publicada en el Boletín Oficial. Esta nueva normativa establece que en las tiendas virtuales, en primera instancia, se deberán ordenar los productos de cada categoría de menor a mayor según su precio por unidad. El objetivo es que los consumidores puedan visualizar con facilidad los productos más accesibles.

Este ordenamiento de la presentación deberá ser la opción predeterminada por parte de las tiendas virtuales, que también podrán incluir otras alternativas de ordenamiento disponibles para la personalización de cada usuario y usuaria. Además, los sitios estarán obligados a indicar el producto de menor precio dentro de una categoría con un logo aprobado previamente por Comercio Interior. De esta forma, si el consumidor elige una opción de ordenamiento distinta a la determinada por la ley, igualmente podrá visualizar fácilmente el producto más barato por unidad de medida.


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La funcionaria subrayó que “las ventas online siguen creciendo de la mano del avance de la tecnología”, y afirmó que “con la pandemia la tendencia se potenció”. En estos días precisamente se conoció un estudio de la empresa de mercado Euromonitor, desarrollado para Google, que indicó que el comercio electrónico creció un 39% en la Argentina, y se espera que hacia 2025 se incremente en un 56% y represente un tercio del crecimiento total de las ventas al público del país.

En los últimos 18 meses el uso de la tecnología se incrementó mucho más que en los últimos cinco años, y las expectativas y el comportamiento de los consumidores a la hora de comprar, también.

A partir de la reglamentación de la Ley de Góndolas en la modalidad virtual, se prioriza dar más herramientas a los consumidores al visibilizar los productos de menor precio por unidad y destacar los productos de micro y pequeñas empresas.

La reglamentación establece la identificación de productos fabricados por micro y pequeñas empresas (mipymes). Se deberán destacar en las páginas web de los supermercados la oferta de productos elaborados por mipymes, agricultura familiar, campesina e indígena; economía popular, cooperativas y asociaciones mutuales, también con señalética específica aprobada por la Secretaría.

La obligación de diferenciar los bienes de precio más bajo como los productos mipymes, es la misma respecto de la reglamentación de la Ley de Góndolas para los comercios físicos. Además, se utilizará la misma señalética en las tiendas virtuales y en los salones de venta para facilitar la visualización por parte de los consumidores.

Los sujetos alcanzados tienen un plazo de 60 días corridos para adecuar sus locaciones virtuales a las obligaciones que dicta la presente medida. La Ley de Góndolas regula la oferta de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y limpieza del hogar, y alcanza a todas las grandes cadenas de supermercados de todo el país.

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