Comercio, primer gremio en apoyar a Milei en despidos

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Según el portal de noticias El Economista, Sindicato de Comercio, primer gremio en apoyar el sistema de despidos que propone Milei

En una reunión con Pettovello, el dirigente gremial adhirió al «Fondo de cese» para los empleados de Comercio.


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La ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, se reunió con el secretario de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, Armando Cavalieri, y expresó su adhesión al «Fondo de cese» que propone el presidente Javier Milei.

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El líder del gremio con mayor cantidad de afiliados del país, se entrevistó también con el secretario de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Omar Yasin.

En ese encuentro el gremialista expresó su adhesión a la figura «Fondo de Cese», incluida en el DNU 70 que firmó el presidente Javier Milei, que «establece un sistema de cobro de
indemnización inmediato y justo, a fin de poder hacer frente a futuros despidos».

«Lo único que nos interesa es que la gente tenga trabajo», expresó la ministra Pettovello.

A la vez, Cavalieri les comunicó a los funcionarios que, durante la primera quincena de enero, en la apertura de paritarias del sector, incluirá el «Fondo de Cese» del gremio de comercio que elaborará junto con las cámaras empresariales afines.

«La Secretaría está abierta al diálogo permanente para proporcionarles bienestar a los argentinos», concluyó el secretario Yasin.

El «Fondo de Cese» busca replicar el modelo que implementa la UOCRA, un sector que tiene características particulares porque las obras no son se sostienen en el tiempo.

Este sistema reemplaza las indemnizaciones «por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual que no podrá ser superior al OCHO POR CIENTO (8%) de la remuneración computable», que deberá ser
habilitado por convenio.

Además, «los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado de capitalización a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme artículo 241 de la presente ley», establece el DNU 70.

Con información de El Economista

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