Transformación digital: La mirada del experto ante el reto de la transformación digital en diabetes

Hombre con celular en la mano, pantalla digital

El Médico Interactivo ha reunido a expertos en diferentes áreas para hablar de e-salud, telemedicina y diabetes. “El impacto de la telemedicina en el futuro post-COVID-19 todavía se desconoce”, ha comentado Jorge Murillo Ballell, abogado de DAC Beachcroft. Este jurista ha analizado las ‘Implicaciones legales de la teleasistencia’ en el encuentro ‘E-salud y telemedicina. La mirada del experto ante el reto de la transformación digital en diabetes’, organizado por El Médico Interactivo (Grupo SANED), con el apoyo de Novo Nordisk.

La moderadora ha sido Leonor Rodríguez, directora de El Médico Interactivo. También ha intervenido Marisa Merino, de la Asociación de Salud Digital (ASD), quien ha centrado su ponencia en e-salud y telemedicina. Por su parte, Cristóbal Morales ha hablado de su experiencia como responsable del Hospital de Día Digital y de la Unidad de Investigación en Diabetes del Hospital Universitario Virgen Macarena de Sevilla.


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Qué es y qué no es telemedicina
Jorge Murillo ha comenzado su intervención con la definición de telemedicina que dictó la Comisión Europea en 2008: “Telemedicina es la prestación de servicios de asistencia sanitaria, mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC), en situaciones donde el profesional sanitario y el paciente (o dos profesionales sanitarios) no se encuentran en el mismo lugar. Por tanto, implica la transmisión segura de datos de salud, mediante textos, imágenes u otras formas necesarias para la prevención, el diagnóstico, el tratamiento y el seguimiento de los pacientes”.

En esta definición realizada desde Bruselas, Murillo ha destacado la mención a la telemedicina “entre dos profesionales sanitarios”. “La práctica de la telemedicina abarca igualmente la asistencia sanitaria que presten los médicos, y también los dentistas, los enfermeros, los podólogos, los fisioterapeutas, etc. Además, comprende la relación profesional-profesional que está dirigida a prestar una asistencia sanitaria al paciente, como la petición de una segunda opinión médica”.

A continuación, Jorge Murillo ha enumerado “lo que no es telemedicina”:

La venta online de medicamentos (no sujetos a prescripción médica)
La historia clínica electrónica.
La prescripción electrónica o receta electrónica.
La remisión electrónica de pacientes entre profesionales sanitarios, con fines distintos a una segunda opinión.
Los portales o páginas web con información sobre salud.

Este experto de DAC Beachcroft ha puntualizado que la telemedicina “no es un nuevo acto o práctica sanitaria”. Tampoco tiene como objetivo “sustituir los métodos tradicionales de asistencia sanitaria, como la consulta presencial”. En función de lo acordado por la Comisión Europea, “la telemedicina representa una forma innovadora de prestar servicios de atención sanitaria, que puede complementar y potencialmente aumentar la calidad y la eficiencia de la prestación de la atención sanitaria tradicional”.

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