Indecopi multó a KFC con más de S/ 119 mil por cobro de bolsas compostables

Según publicó Infomercado: Indecopi multó a KFC con más de S/ 119 mil por cobro de bolsas compostables: KFC cobraba S/0.30 por cada una de ellas.

Indecopi impuso una multa a KFC por el cobro de 30 céntimos por bolsas compostables en compras virtuales. La medida genera debates sobre cargos adicionales y los derechos del consumidor. Esta acción no solo implica una sanción monetaria, sino que marca un precedente en el mercado local sobre tarifas en la entrega de productos y servicios.


Banner_frasco-suscripcion-800x250

Indecopi multó a KFC

La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi ordenó a Delosi S.A. (KFC) —en segunda y última instancia— dejar de cobrar S/0.30 por las bolsas compostables en las que entregaba las compras de los consumidores hechas bajo la modalidad de delivery o recojo en tienda.

🕹️ Vea también: OMEN Transcends 16 fue presentado desde un ring de boxeo en Chile

En un comunicado, el organismo público señaló que representantes de KFC argumentaron que, con dicho monto, estaban cumpliendo con lo establecido en la Guía Técnica para Restaurantes y Servicios Afines con Modalidad de Servicio a Domicilio, al entregar sus productos en envases (cajas de cartón) y empaques (bolsas biodegradables).

La SPC determinó que, de acuerdo con la norma sanitaria, el envío de estos envases y empaques era una obligación de la empresa, por lo que el pago de S/ 0.30 por cada bolsa biodegradable no podía ser exigido a los consumidores.

Consecuencias de la multa

Bajo dicho razonamiento, le impuso a la empresa una multa 24,13 UIT (equivalentes a S/ 119 443,50), siguiendo la metodología para el cálculo de multas establecido en el decreto supremo 032-2021-PCM vigente desde el 14 de junio del 2021.

Indecopi añadió que Delosi deberá presentar a la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur N° 2 “los medios probatorios que prueben el cumplimiento del pago de la medida correctiva ordenada y el pago de las costas del procedimiento, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contado a partir del vencimiento del plazo otorgado para tal fin; bajo apercibimiento de imponer una multa coercitiva conforme a lo establecido en los artículos 117° y 118° del Código de Protección y Defensa del Consumidor”.

Esta entrada salió primero en Infomercado

Banner_azules
Reciba las últimas noticias de la industria en su casilla:

Suscribirse ✉