DGI destaca deducción del Impuesto sobre la Renta por gastos escolares

La deducción son por gastos escolares hasta por $3,600.00 por cada dependiente declarado, explicaron de la Dirección General de Ingresos.

La Dirección General de Ingresos (DGI) recordó a los contribuyentes que de acuerdo a la ley 37 de 5 de junio de 2018, tienen derecho a la deducción del impuesto sobre la renta en concepto de gastos escolares incurridos el año pasado.


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La deducción incluye gastos de matrícula, mensualidad, útiles, uniformes y transporte escolar hasta por $3,600.00 por cada dependiente.

En el caso de estudios universitarios, la administración tributaria reconocerá las horas créditos y la matrícula.

Y es que la deducción es para todos los niveles educativos de los dependientes, desde la educación básica general, el nivel premedio y medio y la enseñanza superior, hasta los 25 años de edad.

Al igual que se realiza con los gastos de salud y vivienda, el deducible de gastos escolares tiene que estar sustentado con las facturas o documentos equivalentes de las compras efectuadas.

Graciela Arjona, funcionaria de la DGI, explicó que para uno recibir el beneficio de este crédito fiscal debe inscribirse como declarante ante la DGI, presentar Declaración Jurada de Renta, incluyendo los ingresos con retención de IRS, además de la deducción de los gastos escolares incurridos en el año 2021.

Una vez presentada la Declaración Jurada, si se produce un crédito a favor del contribuyente, este deberá acercarse a las oficinas de la DGI y presentar un escrito dirigido al director, Publio De Gracia Tejada, con la certificación de salarios del patrono con la retención del ISR, certificado de nacimiento de los dependientes y anexar la sustentación de gastos escolares en documentación original, explicó Arjona.

Los contribuyentes con ingresos entre $11,500 y $49,999.99 tendrán derecho a recibir una deducción del 15%, mientras que para aquellos ingresos superiores a $50,000 será 25%.