Omnicanalidad: Ya inició la XII Edición Premios Comercio Tradicional Castilla y León

El plazo de presentación de candidaturas será desde el 23 de Agosto de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2019 inclusive.

La Consejería de Empleo e Industria, convoca la «XII Edición de los Premios de Comercio Tradicional de la Comunidad de Castilla y León», con el fin de reconocer y premiar la buena gestión en el ámbito de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas castellanas y leonesas del sector, las buenas prácticas comerciales que hayan podido implementar, así como desarrollo y modernización de su empresa mediante la innovación y las nuevas tecnologías.


Banner_frasco-suscripcion-800x250

CANDIDATOS

1. Podrán optar a los premios las PYMES con domicilio social en Castilla y León, dedicadas al comercio minorista y que se encuentren dadas de alta, al menos, en los epígrafes 64, 65 y 66 del impuesto de actividades económicas (Documento adjunto ANEXO I), o en la división 47 de la clasificación nacional de actividades económicas “CNAE 2009” (Documento adjunto ANEXO II), con excepción de aquellos establecimientos comerciales en régimen de franquicia.

A estos efectos, se entenderá por PYME, aquella empresa que cumpla los requisitos establecidos por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

2. Cada candidato, aunque tenga más de un establecimiento comercial, sólo podrá presentar una candidatura para un comercio, en la provincia donde este se ubique.

3. No podrán ser candidatos aquéllos que hubieran obtenido algún “Premio al Comercio Tradicional de Castilla y León” en alguna de las últimas cinco ediciones de estos premios.

4. Quedan excluidos los siguientes grupos o clases de CNAE:

I. Clase 47.26. – Comercio al por menor de productos del tabaco en establecimientos especializados.

II. Clase 47.30. – Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados

III. Clase 47.73 – Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados.

IV. Grupo 47.8. – Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos.

V. Grupo 47.9. – Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.

5. No podrán obtener la condición de premiados las empresas en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Conoce más aquí

Banner_azules
Reciba las últimas noticias de la industria en su casilla:

Suscribirse ✉