Colombia: Inicia la cuenta regresiva para la factura digital

Este martes comienza la cuenta regresiva para la entrada en operación de la facturación electrónica en Colombia. Desde ese día, 1.° de enero del 2019, la empezarán a implementar los contribuyentes obligados a declarar impuesto a las ventas (IVA) y/o el tributo al consumo.

El nuevo sistema también es aplicable a otras operaciones como pagos de nómina, exportaciones, importaciones y los desembolsos a favor de los no responsables del IVA.


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La factura digital tiene piso legal desde el 2015, cuando la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) expidió el Decreto 2242, con el que estableció las condiciones para masificarla y ejercer un mayor control fiscal.

Aunque la Reforma Tributaria del 2016 la incluyó, la recién sancionada ley de financiamiento del 2018 refuerza la facultad de esa entidad para validar y realizar la trazabilidad (seguimiento) de ese tipo de documento.

Incluso la ponencia del proyecto de ley consignó que los congresistas consideran importante que se implemente la factura electrónica lo más pronto posible, para no seguir difiriendo la fiscalización tributaria y controlar la evasión tributaria en el país.

Dicha ley también señala que solo hasta el 1.° de julio del año que está a punto de iniciar, las empresas y personas obligadas a facturar de manera electrónica en la fecha prevista podrán ser sancionadas si no lo hacen en el primer semestre. Pero deben comprobar problemas tecnológicos o razones de inconveniencia comercial para no cumplir con esta nueva obligación.

Según la Dian, alrededor de 450.000 empresas y comercios, entre compañías y personas naturales existentes en el país, deberán asumir desde el 1.° de enero del 2020 la facturación electrónica.

Esto debido a que estableció que las personas y empresas que no pertenezcan al primer grupo de contribuyentes y recaudadores deben empezar a hacerlo de forma progresiva.

No obstante, los plazos a lo largo del 2019 dependerán de la actividad económica de estas y del cronograma que será revelado en los próximos días por la autoridad tributaria.

Por ello, se considera que será a partir del segundo semestre del 2019, y de forma gradual, que entrará en vigencia la norma para la mayoría de compañías y personas obligadas a facturar.

Ese año también se realizarán las pruebas para que el sistema quede listo, teniendo en cuenta el modelo de validación que desarrolle la Dian.

Bajo ese nuevo modelo también se verificará la factura electrónica antes de ser entregada al adquirente.

Cabe recordar que en la fase actual del proceso la información es verificada por la Dian luego de su generación en un establecimiento, mientras que en la segunda etapa la idea es que se realice en tiempo real. Es decir, con el nuevo sistema no será necesario acudir a un tercero para validarla.

Sin embargo, según la norma, cuando no pueda llevarse a cabo la validación previa de la factura electrónica, por razones tecnológicas atribuibles a la Dian o a un proveedor autorizado, su emisor está facultado para entregar al comprador el aval previo.

No obstante, deberá enviar a la Dian o al proveedor autorizado, para su validación, el documento dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del momento en que se solucionen los problemas.

En todos los casos, la responsabilidad de la entrega de la factura electrónica para su validación y la entrega al comprador, una vez esta sea validada, corresponde a la empresa o persona obligada a expedirla.

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