Colombia: En mayo inicia la facturación electrónica

El Gobierno, a través de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) inicia en firme, desde mayo, la masificación de la facturación electrónica a todos los sectores de la economía, un paso más en busca de fortalecer los controles a las empresas y personas con actividad económica, para que no incluyan gastos no relacionados con su actividad buscando deducir impuestos y el monto a pagar de cada año por renta.

El director de la Dian, José Andrés Romero, dijo que ya se expidió la resolución la semana anterior con la que a partir de mayo comienza el proceso de implementación de la facturación electrónica, que no será por nivel de facturación sino por la relevancia para la economía, haciendo prevalecer a los que tengan mayor impacto económico y no necesariamente a los que tengan mayor número de facturas.


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Los últimos que deberán hacerla son los renglones de servicios públicos, el campo y las personas naturales que devengan montos bajos, pues es algo más complejo para ellos la obligatoriedad quedó para mayo del 2020.

Así quedó el calendario de migración al mecanismo:

1. 1° de mayo del 2019: Explotación de minas y canteras.
2. 1° de junio del 2019: Industria metalmecánica, eléctrica, electrónica y otros.
3. 1° de julio del 2019: Comercio de automotores, repuestos, computadores, equipos.
4. 1° de septiembre del 2019: Otras actividades de servicios.
5. 1° de octubre del 2019: Comercio de materiales, materias primas, químicos, metales y otros.
6. 1° de octubre del 2019: Comercio de bienes domésticos, calzado, textiles, ferretería, farmacéutico y otros.
7. 1° noviembre del 2019: Información y comunicaciones.
8. 1° de noviembre del 2019: Actividades artísticas, entretenimiento y recreación.
9. 1° de diciembre del 2019: Construcción.
10.1° de enero del 2020: Industria de alimentos, bebidas, textil, detergentes.
11.1° de enero del 2020: Actividades de arquitectura, ingeniería, diseño, publicidad y otros.
12.1° de febrero del 2020. Actividades de atención a la salud humana, y asistencia social.
13.1° de febrero del 2020: alejamiento y servicios de comida.
14.1° de febrero del 2020: Transporte y almacenamiento.
15.3 de febrero del 2020: Administración pública y defensa.
16.1° de marzo del 2020: Comercio de alimentos, bebidas, víveres, jabón y papelería.
17.1° de marzo del 2020: Actividades de administración empresarial, consultoría, gestión y jurídicas.
18.1° de abril del 2020: Educación.
19.1° de abril del 2020. Actividades inmobiliarias.
20.1° de abril del 2020: Actividades financieras y seguros, y actividades de saneamiento ambiental.
21.1° de abril del 2020: Suministro de electricidad, gas vapor y aire acondicionado.
22.2 mayo del 2020: Actividades de servicios administrativos y apoyo.
23.2 de mayo del 2020: Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca.

Recaudo en el 2020

Las cuentas de la Dian señalan que por la gestión de la factura electrónica en el 2020 el recaudo de impuestos será de unos 2 billones de pesos, aunque Romero confía en que pueda ser superior, toda vez que las estimaciones del equipo técnico de la entidad apuntan que por solo este esquema el recaudo de impuestos sería de 5 billones de pesos.

“Lo que hacían antes de tomar las tirillas de facturas de compra en supermercados y restaurantes y metérselas a la empresa para bajar los impuestos, eso ya no se va a poder hacer”, recalcó el funcionario.

El mensaje de la Dian con este esta migración es coherente con el que se ha dado desde el comienzo del Gobierno, en el sentido de profundizar la formalización de la economía y de la legalidad, para que no sea necesario hacer nuevas reformas tributarias.

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