Colombia: Carlos Mattos será imputado por cohecho

Una nueva imputación de cargos realizará la Fiscalía en contra del empresario de Hyundai Colombia Carlos Mattos, a quien le siguen el rastro por amañar un proceso judicial a su favor y evitar que la empresa promotora de vehículos con sede en Corea le quite la representación en el territorio nacional.

La diligencia está programada para el próximo martes 12 de febrero en el Complejo Judicial de Paloquemao. Lo que advierte la Fiscalía, es que Mattos no solo habría amañado el proceso a su acomodo con un el Juez Sexto, que hoy está en prisión sino con otra funcionaria de la rama, la Juez 16 Civil Municipal, Ligia Hernández.


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Cabe recordar que el pasado 19 de diciembre de 2018 la Fiscalía General de la Nación radicó en el Centro de Servicios Judiciales de Bogotá, solicitud de audiencia de formulación de imputación y solicitud de medida de aseguramiento contra Ligia Hernández, juez 16 civil municipal de Bogotá, y el empresario Carlos Mattos.

“Los investigadores fueron informados por algunas personas que en el marco de un proceso civil que cursaba en el juzgado 16 civil municipal de Bogotá, Mattos habría dispuesto el pago de una suma de dinero a una juez de la República”, dice la Fiscalía.

De acuerdo con la Fiscalía, Mattos habría cancelado más de 100 millones de pesos. Uno de los pagos se habría efectuado directamente por el empresario, con el apoyo de Dagoberto Rodríguez Niño, oficial mayor del juzgado sexto civil del circuito y quien conocía a la juez 16 civil municipal a quien también le habrían girado una cuantiosa suma.

Por estos hechos, la juez aceptó su responsabilidad el pasado 16 de enero, momento en el que se le imputó cargos y le dictaron medida de aseguramiento.

Por el caso Hyundai la Fiscalía ha imputado once personas, ocho de las cuales ya aceptaron ante la justicia los cargos formulados por el ente acusador.

El pasado 31 de enero el Juez 47 Penal del Circuito de Bogotá había anulado una orden de captura contra Mattos. El juez argumentó su decisión en que se violó el debido proceso teniendo como base que el entonces juez de control de garantías no habría realizado la lectura de las pruebas tanto de la defensa como de la Fiscalía que se encontraban alojadas en el expediente de la investigación.

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