Colombia: A esto tienen derecho afectados de accidente en Unicentro

Adquirir una póliza (seguro) por daños a terceros no es obligatoria, pero la mayoría de los centros comerciales y almacenes de cadena la adquieren para blindarse en caso de una emergencia como la registrada en la noche del sábado en el centro comercial Unicentro ubicado al norte de Bogotá.

Las autoridades investigan qué factores influyeron en la caída de parte del techo del sector occidental del centro comercial que dejó 19 personas lesionadas.


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«Estos centros comerciales donde por lo general se registran aglomeraciones cuentan habitualmente con pólizas que cubren hechos de responsabilidad hacia terceras personas. De manera que normalmente se hacen cargo de los gastos básicos de atención, que en este caso son de hospitalización y traslado», dijo a EL TIEMPO el abogado penalista Francisco Bernate Ochoa, quien señaló que, «eventualmente, a futuro, si la persona puede demostrar que sufrió un perjuicio, podrán tramitar ante la respectiva aseguradora la reparación a que haya lugar».

Bernate Ochoa explicó que en caso de que fallezca una persona -en medio de un hecho como el registrado en Unicentro- el centro comercial cubre con los gastos funerarios, «y si hay una responsabilidad del centro comercial, la póliza ampara los perjuicios que se hubieran podido causar».

El gerente general de Unicentro, Camilo Ángel, afirmó a este diario que «tenemos unas pólizas de seguros muy robustas. Nos hemos hecho cargo de todo por lo que pasó en términos de los gastos médicos de los afectados».

En el caso de que un centro comercial u otro lugar de acceso al público no tenga una póliza de riesgos o daños a terceros, «deberá responder por los daños y perjuicios causados a cada una de las personas afectadas dando paso a acciones penales», dijo la abogada Marisol Parra Turriago, quien señaló que cada afectado podría accionar (demandar) al establecimiento comercial.

Estas demandas cubren daños y perjuicios, muerte, invalidez, lesiones físicas permanentes y las respectivas indemnizaciones económicas a que hubiera lugar.

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