Transbank pide al TDLC no volver a modelo de 3 partes porque dice que es “imposible”

Nuevos capítulos suma la consulta que hizo Transbank en mayo al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), donde expuso los nuevos cobros que aplicaría a los comercios para el paso al modelo de 4 partes (M4P).

Pese a que Transbank ya había anunciado su paso a este nuevo modelo y había aplicado nuevas tarifas desde abril, el 2 de septiembre el TDLC aclaró que la firma debe dar marcha atrás a este sistema tarifario, y volver a lo que cobraba en el modelo de 3 partes (M3P). Es por esto que la red de adquirencia ahora interpuso un incidente de nulidad procesal contra esta resolución, porque “pone en un imposible a Transbank en lo jurídico y económico, con graves efectos sistémicos para todo el sistema nacional de medios de pago”, dijo la compañía en el escrito.


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Allí dice que considerando que ya ha operado bajo este nuevo modelo por casi seis meses, “implicaría anular, revertir, dar marcha atrás a todo lo hecho, y reliquidar y compensar millones de transacciones con un impacto de cerca de US$21.553 millones, no sólo entre Transbank y sus contrapartes, sino que entre esas contrapartes y terceros, con distintos efectos económicos a favor o en contra de esos terceros”.

Es más, señalaron que “con honestidad respetuosa y cívica, enfatizamos que, en pocas ocasiones, si alguna, hemos observado una resolución tan catastrófica en el marco de algún procedimiento desarrollado ante el H. Tribunal, incluso comparándola con sentencias o resoluciones definitivas de término de procesos que, con tal magnitud, afecten un sistema económico completo. Es lo que sucede en este caso”.

El documento añade que “se trastorna radicalmente todo el funcionamiento del sistema de medios de pago con tarjetas en Chile”.

Asimismo, añade que “toda esta nueva estructura contractual y migración tecnológica es actualmente irreversible; que no se puede deshacer, a riesgo de afectar severamente situaciones contractuales consolidadas y derechos adquiridos, pues no se pueden revivir contratos fenecidos que además dependen de terceros cuya voluntad es autónoma; y que desde la perspectiva operacional y tecnológica inclusive ya se está́ decididamente en un M4P, siendo simplemente imposible retrotraerse a un M3P”.