Ley Proconsumidor: ¿Qué dice la normativa en materia financiera?

Recientemente, el Congreso despachó la Ley Proconsumidor, la cual tiene por objetivo establecer medidas que protejan los derechos de los consumidores.

Con esta ley se busca incentivar y fortalecer la protección de los derechos de los consumidores y evitar vacíos legales que faciliten su vulnerabilidad.


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En esa línea, parte importante de los derechos consagrados en la normativa apuntan a los servicios financieros. Por ejemplo, lo relacionado a la contratación de créditos, cobros de intereses, las condiciones de bloqueo de servicios o productos financieros, entre otros.

En esta nota te contamos qué indica la nueva normativa en cuanto a los productos y servicios financieros. Recordemos que primero se debe resolver el veto que envió el gobierno al artículo que restringe las promociones asociadas a tarjetas y medios de pago. Una vez que conozcamos el desenlace de ese proceso, se podrá promulgar la iniciativa.

¿Qué establece la Ley sobre los servicios financieros?

En primer lugar, la ley determina que cuando un consumidor efectúe un contrato de adhesión a un bien o servicio financiero, los prestadores deberán -al momento de celebrar el contrato- informarle sobre los mecanismos y condiciones para que pueda darle término.

Además, los proveedores no podrán condicionar el término del contrato al pago de montos adeudados o a restituciones de bienes. Tampoco se podrán establecer condiciones más costosas que las exigidas en un principio.

Por otra parte, en cuanto al bloqueo de productos o servicios financieros, los consumidores tienen derecho a solicitar, sin necesidad de expresar la causa, el bloqueo permanente de sus tarjetas de pago. Luego del bloqueo, el proveedor no puede cobrar los costos de administración, operación y/o mantención.

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