Cámara de Diputados despachó a ley el proyecto de jornada laboral de 40 horas

reunión de trabajo hombre con laptop Vacantes laborales cayeron ReIN de SOFOFA

Según publicó df.cl, hoy la Cámara de Diputados despachó a ley el proyecto que reduce la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales.

La propuesta -que contó con una aprobación transversal de los legisladores, exceptuando el rechazo de la bancada del Partido Republicano- contempla una gradualidad en la reducción de jornada. Así, se contempla una reducción de 45 a 44 horas al primer año de publicada la ley, a 42 horas al tercer año y a 40 al quinto año.


Banner_frasco-suscripcion-800x250

Cámara de Diputados despachó a ley el proyecto

Estos son plazos máximos, pues cualquier empleador que quiera anticiparse puede hacerlo sin esperar la gradualidad.

Como incentivo a la reducción de jornada, aquellas empresas que implementen las 40 horas sin esperar a la gradualidad contemplada en la iniciativa, podrán utilizar, también anticipadamente, la distribución de jornada en la modalidad 4×3, con acuerdo de los trabajadores. Es decir, podrán pactar jornadas de cuatro días laborales y tres de descanso.

El proyecto de ley despachado, de forma adicional, incluye una serie de medidas de flexibilidad y adaptabilidad para que las empresas puedan implementar la reducción de jornada.

A modo de ejemplo, la propuesta establece la posibilidad de acordar jornadas laborales promediadas. ¿Qué significa esto? Que se podrá pactar con el trabajador o trabajadora que la jornada ordinaria de 40 horas se cumpla en un promedio de hasta cuatro semanas, con un máximo de 45 horas semanales.

Aquí el proyecto contempla dos modalidades. La primera es la de aplicación general, la cual contempla un tope semanal de 45 horas ordinarias. Esto implica que no se podrá trabajar sobre 40 horas más de dos semanas continuas. En caso de que el trabajador o trabajadora esté sindicalizado, se requerirá acuerdo previo de la organización sindical a la que se encuentra afiliado.

Más características

En la modalidad de aplicación colectiva, se establece que está podrá pactarse a través de acuerdo colectivo entre empresa y sindicato, y se podrá pactar una jornada semanal de hasta 52 horas, la que sólo afectará a socios. «El límite de 52 horas, no se puede desarrollar en más de dos semanas seguidas dentro del ciclo», dice el proyecto despachado.

El proyecto, además, establece una restricción en el uso del inciso segundo del artículo 22 del Código del Trabajo, sobre excepción de jornada. En concreto, se limitan los supuestos de exclusión de jornada de trabajo.

Así, sólo quedan en dicha condición quienes ejercen labores de alta gerencia dentro de una empresa, así como quien no esté sometido a fiscalización superior de acuerdo con la naturaleza de sus funciones. Se establece aquí un procedimiento de reclamación ante la Dirección del Trabajo en caso de controversia y a petición de cualquiera de las partes.

No es lo único. En el caso de las empresas cuyas labores exigen continuidad en los términos del artículo 38 N°2 del Código del Trabajo -es decir, por las necesidades que satisfacen o para evitar notables perjuicios al interés público o de la industria-, se les aplicará la regla de compensación dispuesta para el sistema excepcional en jornadas.

De esta forma, podrán acordar jornadas de hasta 42 horas semanales, compensando el exceso sobre 40 horas con días libres para descanso adicional. “Quienes se acojan a este sistema deberán registrar tal circunstancia ante la Inspección del Trabajo respectiva”, dice lo aprobado.

El proyecto despachado también incluye medidas de conciliación vida familiar y trabajo para los trabajadores con hijos.

Así, se contempla la posibilidad de establecer bandas horarias que permitan un ingreso y salida diferenciados al trabajo, adaptables en una ventana de hasta dos horas. Ese tiempo podrá utilizarse por madres o padres con hijos o hijas que tengan menos de 12 años, y también por la persona que tenga a su cargo el cuidado personal de estos últimos.

Vea también: Proyecto de semana laboral de 40 horas fue aprobado por Comisión de Trabajo y despachado al Senado

Este es un derecho que puede ser ejercido por madre o padre, pero cuando ambos trabajan queda a criterio de la madre si ella hace uso del derecho o el padre, y comenzará a operar un año después de publicada la ley.

La banda horaria se colige de la jornada previamente definida en el contrato de trabajo. Por ejemplo, si el contrato previo dice que la jornada es de 09:00 a 17:00 horas, la banda opera desde las 08.00 a 10.00 horas.

El proyecto, además, contempla cambios en las jornada de trabajadoras de casa particular, choferes, entre otros.