Senasa aprueba requisitos sanitarios para la importación de embriones de bovino

carne vacuna

Buscando abastecer la demanda de ganado, en territorio peruano, a través de la Resolución Directoral N° 0016-2021-Midagri-Senasa-DSA, se aprobaron los requisitos sanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de embriones in vivo de bovino procedentes de Canadá.

Estos envíos en los embriones de bovino deberán venir acompañados por un certificado sanitario emitido por la autoridad sanitaria oficial de Canadá, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos: Nombre y dirección de la granja de bovinos donadores de embriones; Nombre y dirección de la unidad móvil o permanente de embriones; Fecha de colección y congelamiento de embriones; Identificación completa de las vacas donadoras; Raza y edad de las vacas donadoras; Raza del toro donador; Número de registro del toro donador; Identificación de las pajuelas de embriones; Cantidad total (unidades) de pajuelas de embriones.


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Canadá libre de enfermedades

Es importante destacar que Canadá está libre de Fiebre Aftosa sin vacuna, Fiebre del Valle del Rift y Perineumonía Contagiosa Bovina. Además, nunca ha notificado casos de la enfermedad de Schmallemberg.

Con respecto a los centros de recolección y procesamiento de embriones o la unidad recolectora móvil de embriones se encuentra autorizada por la Autoridad Sanitaria competente de Canadá y supervisada por un médico veterinario del equipo de recolección de embriones. El centro de recolección o la unidad recolectora de embriones está habilitada por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa).

Las instalaciones donde se recolectan los embriones y en las fincas adyacentes no están en cuarentena ni sujetos a restricción de movimientos, en razón a una enfermedad que afectase al ganado, al menos durante los sesenta días anteriores a la recolección de embriones.

En un trabajo estrictamente articulado, los embriones destinados a la exportación son recogidos y procesados por el equipo de recolección de embriones, el cual: Está aprobado en virtud del Programa de Aprobación para la Exportación de Embriones adscrito a la Agencia Canadiense de Inspección de Alimentos (CFIA, por sus siglas en inglés).

Asimismo, la recolección, el procesamiento, el almacenamiento y el transporte de los embriones de conformidad con los procedimientos recomendados por la Sociedad Internacional de Tecnologías para Embriones (SITE) y la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), está sujeto, al menos una vez al año, a la inspección de un médico veterinario de la autoridad sanitaria oficial de Canadá.

Proceso de inseminación artificial – Senasa

El semen a utilizar para inseminar a la hembra donante fue (certificar lo que corresponde): Recogido, procesado y guardado en un centro de producción de semen aprobado por la CFIA y conforme a las directrices del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE; o, Importado legalmente a Canadá, procedente de un país reconocido por Canadá por tener condiciones sanitarias iguales o superiores.

Se inspecciona a la hembra donante el día de la recolección y se le debe encontrar libre de signos clínicos de enfermedades infecciosas o contagiosas. La hembra donante nace en Canadá o fue legalmente importada a Canadá como mínimo sesenta días antes de la recolección de los embriones. Los animales donantes deben mantenerse en un centro de recolección de embriones o en las instalaciones de recolección durante un periodo de al menos treinta días antes de la recolección de los embriones.

La Dirección de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria podrá adoptar las medidas sanitarias que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución Directoral.

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