¿En qué moneda se puede adherir a la Ley de Blanqueo?

Mariano García Malbrán

Por Mariano García Malbrán, Presidente de CAMESI (Cámara de Empresas de Servicios Inmobiliarios), Presidente de Keymex Argentina, martillero y corredor público

De acuerdo a la Ley 27.613, sus modificatorias y decreto reglamentario, se puede blanquear moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y/o en el exterior que no hubiera estado declarada al 12 de marzo de 2021 por parte de quienes son residentes fiscales del país.


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Si el blanqueo es de moneda extranjera, la misma debe convertirse a pesos al tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina del día en que se depositen los fondos en la Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar).

¿Qué impuesto especial deberá abonarse por blanquear fondos?

Será un impuesto especial y la alícuota se modifica de acuerdo al momento del depósito del dinero, ya sea en pesos o en dólares convertidos al valor oficial.

El mayor beneficio lo obtendrán quienes depositen los fondos antes del 19 de noviembre y pagarán una alícuota del 5%. Si se ingresa entre 90 y 180 días, la alícuota será del 10%, y desde ese entonces hasta el fin del plazo, del 20%.

Este impuesto no podrá ser abonado con dinero blanqueado en la operación, por lo que es necesario contar con dichos importes disponibles para afrontar el pago del tributo.

¿Cuál es el plazo para invertir los fondos blanqueados en proyectos inmobiliarios?

El plazo para la inversión de más de dos años, ya que vence el 31 de diciembre de 2024.

Este plazo extendido es muy útil para poder elegir con un análisis pormenorizado la mejor propuesta de inversión de nuestro capital, pero de acuerdo a lo previsto por nuestra empresa, los precios del metro cuadrado construido actuales, son el precio más bajo que existirá desde hoy hasta la fecha de finalización del plazo de inversión.

¿Qué tipo de inmuebles pueden adquirirse con los capitales blanqueados?

Los proyectos inmobiliarios para las inversiones, hasta el momento, son exclusivamente los destinados para obras privadas nuevas iniciadas a partir del 12 de marzo de 2021 (construcciones, ampliaciones, instalaciones: entre otras), pero además, se incorporaría que los fondos que se declaren en el marco del Programa de Normalización para Reactivar la Construcción Federal Argentina también podrán destinarse a la adquisición de un inmueble usado que sea afectado con destino exclusivo a casa-habitación del declarante de los fondos y su familia o por un plazo no inferior a 10 años, a la locación con destino exclusivo a casa-habitación del locatario y su familia.

También están comprendidas aquellas obras privadas nuevas que, a dicha fecha, poseían un grado de avance no mayor al 50% de la finalización de la obra.

Los proyectos inmobiliarios deben estar registrados en el Registro de Proyectos Inmobiliarios (REPI) y cada uno de ellos estar identificados a través del Código de Registro de Proyecto Inmobiliario (COPI). Estos requisitos son ineludibles y permiten o rechazan la presentación a realizar.

¿Es necesario abonar el total de la inversión al inicio?

No, los fondos blanqueados pueden invertirse en los proyectos inmobiliarios en etapas, es decir, en forma parcial. En el caso que se autorice, algo ya casi seguro, la compra de inmuebles usados el pago será al contado usualmente y en caso que no lo sea, el plazo de pago no podrá exceder la vigencia de la ley.

Esto permite, en desarrollos de inmuebles en pozo, que se pueda realizar una inversión a través del cual se van pagando cuotas al mismo tiempo que la obra se va desarrollando.

¿Puedo blanquear fondos y beneficiarme con la exención y el pago a cuenta de bienes personales?

No. Quienes se adhieran al blanqueo no tienen derecho a los beneficios de eximición del impuesto sobre los bienes personales ni del pago a cuenta de dicho impuesto por las inversiones realizadas.

¿Qué moneda conviene blanquear pesos o dólares?

Según el análisis realizado resulta mucho más conveniente blanquear dólares en lugar de pesos, ya que el monto que deberá tributar por el impuesto especial, si blanquea pesos, será de dos veces más que si blanquea dólares. Ello esencialmente debido al valor del dólar blue, es decir, el rendimiento que tiene en el mercado informal.

La ley de blanqueo recientemente dictada abre una oportunidad de oro para quienes necesiten contar con dinero dentro del circuito legal y que actualmente se encuentran fuera del mismo. En el mundo, el dinero blanco es una oportunidad de negocios inmediata y el dinero ilegal o no declarado cada vez resulta más difícil de usar y vamos camino a que sea imposible su utilización en muy poco tiempo vista.

Por otro lado, si además tenemos en cuenta que el valor de los inmuebles en Argentina se encuentra en uno de sus pisos históricos, será una ecuación exitosa por donde se la mire. El impuesto especial del 5 % si ingresan antes de noviembre, es sumamente inferior al valor que van a recuperar los inmuebles en un plazo mediato y si además el inversor adquiere un desarrollo inmobiliario en pozo, dichas utilidades podrán ser apreciadas en un plazo mucho más corto. Desperdiciar esta ocasión por parte de inversores inteligentes seguramente los llevará a arrepentirse en un plazo más que breve.

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