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El Corte Inglés trata de evitar el derribo parcial de tres de sus centros madrileños

  • El juzgado acepta la petición de la mediación de la empresa y cita al Ayuntamiento de Madrid, que concedió las licencias, y al denunciante que logró anular el planeamiento y declarar ilegales las tres ampliaciones con sentencias firmes

Según publica eldiario.es El Corte Inglés trata de paralizar in extremis el derribo de parte de tres centros comerciales que tiene en la ciudad de Madrid y que la Justicia considera parcialmente ilegales porque se construyeron con más metros de los permitidos. La última vía que ha explorado la compañía de grandes almacenes es solicitar una mediación intrajudicial para buscar un acuerdo con las otras partes implicadas: el Ayuntamiento de Madrid, que fue quien concedió las licencias de obras, y el particular que llevó el asunto a los tribunales hace una década. Los centros están situados en zonas cotizadas de la capital: la calle Serrano, Campo de las Naciones y Méndez Álvaro. La petición cuenta con el respaldo del juzgado de lo Contencioso 29 de Madrid, que ha citado a las partes a una sesión informativa el próximo 17 de mayo.

Es el último episodio de una batalla que los grandes almacenes libran desde hace años fuera y dentro de los tribunales para tratar de frenar la demolición de parte de esos edificios. Los centros se ampliaron a partir de 2013 cuando ya había una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que había declarado nulo el planeamiento que amparó sus licencias de construcción por no estar suficientemente justificado. En julio de 2015, el Tribunal Supremo confirmó esa resolución. Y eso dio lugar a que, un año después, en junio de 2016, un juzgado declarara nulas las licencias “por no ser conformes a Derecho” y ordenara la demolición de lo construido al amparo de las mismas. Esta última resolución es firme desde septiembre de 2018 aunque su ejecución sigue pendiente y los edificios continúan en pie. Fue el mismo particular, Fernando Guerra López, quien recurrió el planeamiento y las posteriores licencias.


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Durante este tiempo, el principal argumento de El Corte Inglés ha sido que fueron el Ayuntamiento de Madrid y la Comunidad de Madrid quienes aprobaron una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que les autorizó a ampliar en 25.300 metros cuadrados la superficie de esos centros a cambio del pago de 9,8 millones de euros y la cesión de dos parcelas. Y que, en base a ese nuevo planteamiento, fue el Consistorio que entonces dirigía Ana Botella (PP) quien le otorgó las licencias requeridas.

Ahora, la representación legal de la compañía ha reclamado la mediación intrajudicial en un escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es, en el que afirma que se trata de “una ejecución potencialmente compleja en la que resultan afectados un conjunto de intereses que se han entreverado con el tiempo y con las propias decisiones municipales”.

El grupo empresarial defiende que “la potencial afección de las decisiones que se tomen al beneficio de los madrileños” favorece que se tomen de manera “colectiva”, de forma que resulten satisfechos “incluso” los “interesados en las pretensiones ejecutivas e indemnizatorias”. Un objetivo para el que la mediación es un “instrumento oportuno” con el objetivo de llegar a un “acuerdo de intereses” entre las partes, alega el escrito de la empresa.

Tras esta petición, el juzgado encargado de la ejecución de la sentencia que ordenó las demoliciones ha acordado derivar el pleito a la citada mediación. El órgano estima “factible” la posibilidad de alcanzar un acuerdo que pueda poner fin a la controversia. A este respecto, afirma que “la participación activa de las partes es de vital importancia” a la hora de ejecutar la sentencia. Y añade que el ámbito del urbanismo cumple “una función de interés general que tiene en el centro a la persona” y que debe “perseguir el interés general y el bien común y no el de una individualidad”.

El Ayuntamiento de Madrid está “de acuerdo” con abordar la vía de la mediación intrajudicial, según confirma una portavoz del área de Desarrollo Urbano. elDiario.es también contactó con el abogado del denunciante, que declinó contestar a las preguntas formuladas. El Corte Inglés tampoco ha querido hacer comentarios.

Los nuevos planeamientos 

Con este movimiento, El Corte Inglés trata, de forma paralela, de ganar algo de tiempo ante las últimas decisiones del citado órgano judicial. En su escrito, reclama que quede en suspenso el plazo de 10 días que dio a la compañía el 29 de marzo para que aportara la documentación detallada de los edificios afectados por la orden de derribo. Y, al mismo tiempo, solicita la suspensión durante sesenta días de la ejecución de dicha sentencia “a resultas del citado proceso de mediación”.

No obstante, la decisión del juzgado de derivar el pleito a mediación “no suspende” el curso del procedimiento, tal y como advierte la providencia, que señala también que es “esencial (…) tender a ejecutar la sentencia y no a inejecutarla”. La suspensión solo se producirá en caso de que todas las partes la soliciten y durante un plazo “no superior a sesenta días”.

En el escrito en el que reclama la mediación, El Corte Inglés también justifica su petición por el hecho de que existen “modificaciones puntuales” del Plan General de Ordenación Urbana que afectan a los centros y que están “en avanzado estado de tramitación” e incluso “aprobadas provisionalmente por el Ayuntamiento y pendientes de aprobación definitiva por la Comunidad de Madrid en las próximas semanas”.

Este último punto se refiere a la aprobación por parte del Consistorio del proyecto propuesto por la compañía para uno de los ámbitos afectados por el derribo: Méndez Álvaro, en el sur de la capital. Esa modificación del Plan General de Ordenación Urbana contempla la demolición del edificio que ocupa el actual Hipercor. Y el nuevo planeamiento permitirá a la compañía levantar dos torres de oficinas de hasta 27 plantas y unos 100 metros de altura, frente a las que se situará un parque público debajo del que se construirían varias dotaciones de uso deportivo o sociocultural, todavía sin definir.

Según la memoria del planeamiento que publicó Somos Madrid, el cambio de uso reporta 29 millones a El Corte Inglés por el incremento de valor que suponen las torres destinadas a oficinas de alquiler y bajo las que se situarán tres plantas de aparcamientos con 519 plazas. Esa modificación fue aprobada con los votos de PP, Ciudadanos y Vox. Más Madrid y PSOE se mostraron en contra y el Grupo Mixto se abstuvo. En el Ayuntamiento de Madrid se limitan a reconocer que “sobre los otros inmuebles se está trabajando en los correspondientes instrumentos de planeamiento”, en palabras de un portavoz del área de Desarrollo Urbano.

La alternativa de la mediación

La mediación intrajudicial que ha reclamado El Corte Inglés es un medio alternativo de resolución de conflictos en el que un agente externo e independiente trata de buscar un acuerdo entre las partes. Es el mediador quien dirige el proceso y canaliza las propuestas, aunque el procedimiento se controla desde el inicio por el juez. De hecho, los hipotéticos acuerdos que se alcancen tienen que ser sometidos a valoración y consideración del juez, que puede rechazarlos si se infringen los términos de la sentencia o es manifiestamente contrario al ordenamiento jurídico o lesivo para el interés público o de terceros.

No es la primera vez que El Corte Inglés trata de frenar el derribo. Lo intentó, sin éxito, en enero de 2019. Entonces, solicitó al juzgado la “inejecución” de la sentencia alegando la “imposibilidad material” de llevarla a cabo. Utilizó, para ello, dos argumentos: el hecho de que los edificios estaban “consolidados” y los posibles “daños a terceros”. Principalmente, la afectación sobre sus empleados y las marcas que operan en sus stands.

La pretensión de la cadena de almacenes fue desestimada. En un auto de diciembre de 2021, el juzgado de lo Contencioso 29 de Madrid rechazó que “la mera consolidación de obras ilegales” o los posibles “daños a terceros” sean “criterio de imposibilidad física de ejecución de una sentencia”. Hacerlo, dice la resolución, sería “dejar en papel mojado el planeamiento urbanístico” porque “ninguna obra ilegal se podría demoler”.

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