SuperIndustria multó a Claro y Tigo por vulnerar derechos de consumidores

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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso multas a los operadores Claro y Tigo por $2’877.000.000 al vulnerar el régimen de protección al consumidor.

La empresa Comunicación Celular – Comcel (Claro) fue sancionada con multa por $1’534.000.000, al probarse que el operador emitió publicidad engañosa dentro de las campañas “¿Miedo? ni que mis redes gastaran datos” y “elijo disfrutar sin límites lo que me gusta”.


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Asimismo, respecto de la segunda de las campañas, la SIC evidenció que el proveedor incluyó cláusulas abusivas que limitaban su responsabilidad y atribuían responsabilidad a las aplicaciones por el consumo de datos del plan del usuario.

También, pudo establecer que el operador indicó que el uso de las aplicaciones Facebook, WhatsApp, Instagram y Twitter no generaba consumo de datos, por el contrario, el uso de algunas funcionalidades de las aplicaciones como las de iniciar sesión, hacer llamadas o videollamadas y transmitir en vivo sí generaba consumo de los datos de los planes móviles de los usuarios.

Caso Tigo 

En este caso, la Superintendencia sancionó al operador Colombia Móvil (Tigo), con una multa de $1’343.000.000 por llevar a cabo prácticas que desconocen el derecho de los usuarios de mantener la titularidad de sus líneas móviles.

Según mencionó la SuperIndustria, el operador Tigo habría:

  • Reutilizado y/o reciclado líneas móviles de usuarios sin el lleno de los requisitos regulatorios vigentes.
  • Modificado unilateralmente los contratos de prestación de servicios.
  • Desatendido los requerimientos de información efectuados en el marco de las averiguaciones preliminares que se adelantaban por dichas infracciones.

La investigación arrojó que Tigo habría optado por realizar cambios en la titularidad de las líneas móviles de sus usuarios en modalidad prepago, sin que antes hubiesen pasado dos meses de inactividad del número de la línea móvil, es decir, sin realizar ni recibir llamadas, sin cursar tráfico de datos, sin enviar ni recibir SMS y, sin hacer recargas, ni tener saldos vigentes, y sin dar previo aviso a los usuarios.

De ese modo, dispuso libremente de las líneas en modalidad prepago que eran propiedad de sus usuarios, en contravención de las reglas previstas en la regulación vigente.

De otra parte, Tigo modificó de manera unilateral y sin el consentimiento de algunos de sus usuarios, las condiciones contractuales inicialmente pactadas en sus planes denominados: Internet Móvil Tigo Control, Arma Tu plan y Tigo Control Corporativo 4, a los planes Pospago 5.11, Pospago 5.2 y Pospago 5.3, amparado en un presunto cambio tecnológico al interior de la compañía.

“La conducta reprochada, no solo consistió en una modificación unilateral no permitida por la regulación vigente, sino que tuvo como consecuencia el desmejoramiento de las condiciones de servicio pactadas con los usuarios”, dijo la SIC.

El ente de control evidenció que Tigo no atendió integralmente los requerimientos de información realizados en desarrollo de las averiguaciones preliminares para analizar la materialización de las conductas que fueron objeto de investigación.

Finalmente, la Superintendencia señaló que contra las anteriores decisiones proceden los recursos de reposición y de apelación.

Fuente: RCN RADIO 

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