Colombia: Nace un proyecto de ley que reglamenta aplicaciones como Uber y Rappi

Un borrador de un proyecto de ley del Gobierno que busca establecer reglas claras para que los trabajadores de aplicaciones de transporte, domicilios y hospedaje hagan sus aportes a la seguridad social será motivo de discusión durante las próximas semanas entre el Ejecutivo, plataformas y gremios que cobijan a estas aplicaciones.

El texto del proyecto de ley (coordinado por la Consejería Presidencial para la Transformación Digital) será socializado ante los gremios directamente afectados, como la Andi; los ministerios de Hacienda, del Trabajo y de Salud; Planeación Nacional; Asomóvil (gremio de telefonía celular) y Alianza IN, la asociación que nació de la unión de 11 empresas de estas aplicaciones.


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En el proyecto de ley, con el que se inicia el proceso de discusión sobre la regulación laboral para las apps, se estipula que el ingreso base de cotización no debe superar el 40 por ciento de los ingresos del trabajador a través de plataformas.

Asimismo, se creará un modelo de presunción de costos para determinar el ingreso neto, ya que el trabajador cuenta con elementos propios para la realización de su actividad.

Igualmente, el proyecto que entrará al Congreso contempla que los administradores de las plataformas deberán hacer un intercambio de información con la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) para definir, identificar y determinar los aportes de trabajadores por medio de las plataformas digitales.

Además, deberán encargarse de la retención del valor correspondiente para quienes perciben ingresos agregados superiores al salario mínimo.

Para los trabajadores que ganen más de un salario mínimo mensual vigente, los administradores de las plataformas deberán hacer la retención y el aporte al Piso de Protección Social, de acuerdo con reglamentación que expidan el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud.

De igual forma, se prevé que harán la contribución al Fondo de Seguridad Social, correspondiente al 1 por ciento del ingreso bruto de las plataformas.

Un punto importante del proyecto de ley en mención establece que la norma resultante no se constituye en una habilitación para las plataformas que requieran una autorización del sector específico en el que prestan sus servicios.

Esto, por el caso de Uber y su debida implementación en Colombia y, por tanto, reglamentación. la cual, aunque inició el año con varias iniciativas, no logró el avance requerido en la legislatura que acaba de terminar y tendrá que volver a presentarse ante el Congreso.

Así está el mercado 

De acuerdo con los resultados del primer estudio sobre el impacto de las plataformas digitales en Colombia, hecho por el centro de estudios económicos Fedesarrollo, «los prestadores de servicios, conductores y repartidores tienen un ingreso promedio de 780.000 pesos al mes, cuya remuneración al factor trabajo se estima en cerca de 2,1 billones al año (0,2 por ciento del PIB)”.

Simón Borrero, CEO y fundador de Rappi, explicó, al iniciar el diálogo para la reglamentación con el Ministerio del Trabajo, que “el modelo de ingresos extra para los ‘Rappitenderos’ o el tiempo de labores adicionales es clave para que el Gobierno esté buscando formas innovadoras de proteger a todas las personas”.

De acuerdo con Rappi, en el país unos 50.000 ‘Rappitenderos’ son usuarios de la plataforma y generan ingresos adicionales para ellos y sus familias.

Además, señaló que la app de Rappi ha “generado más de 6.000 empleos directos en toda la región, las nuevas dinámicas en la economía ya son una realidad, y la relación de las personas con la tecnología ha avanzado enormemente, al punto de ir mucho más rápido que las normas que la pueden regular”.

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