Durante la jornada de este miércoles se dio a conocer una lista de productos y servicios a los que -excepcionalmente- se les reduciría el impuesto al valor agregado (IVA) a un 10%.
Esto, para mitigar los efectos sociales derivados del Estado de Excepción Constitucional, decretado a causa de la covid-19.
Lo anterior, durante el período que va entre la publicación de la presente reforma constitucional y hasta el 31 de diciembre de 2022.
Se trata de una indicación relacionada al proyecto de impuesto a los súper ricos, el cual se despachó a la Comisión de Constitución.
En la instancia se aprobó con 10 votos a favor, dos abstenciones y uno en contra, la indicación de reducir el impuesto al IVA en productos esenciales.
A continuación puedes leer la lista:
Combustibles, aplicable a la importación o venta de gasolinas automotrices, petróleo, diésel gas licuado de petróleo de consumo vehicular y gas natural comprimido de consumo vehicular, el que será aplicable únicamente a personas que no sean transportistas, ni se dediquen al transporte de carga ni transporte de pasajeros.
Los alimentos utilizados para la nutrición humana o animal, sin incluir las bebidas alcohólicas, así como animales, vegetales y demás productos utilizados para la obtención de alimentos.
Productos sanitarios, material, equipos o instrumental que se utilicen para prevenir, diagnosticar, tratar, aliviar o curar enfermedades o dolencias del hombre o de los animales que se encuentren en venta al público.
Hotelería, acompañamiento y balneario, restaurantes y, en general, el suministro de comidas y bebidas para consumo local.
La asistencia sanitaria y dental que no gocen de exención.
Servicios de estética y belleza integral.
Establecimientos y diversos servicios deportivos.
Flores y plantas ornamentales.
Servicios ofrecidos por empresas funerarias.
Asimismo, se reducirá el impuesto al valor agregado a un 4%, aplicable a las entregas y adquisiciones de los siguientes bienes:
Productos básicos como pan, harina, huevos, leche, quesos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales.
Libros, diarios y revistas que no contengan única o fundamentalmente publicidad.
Los medicamentos para uso humano, así como las sustancias medicinales y productos intermedios, utilizados en su obtención.
Las prótesis, órtesis e implantes internos para personas con minusvalía.
Los servicios de tele-asistencia y ayuda a domicilio.