Ley REP fija meta de reciclaje en 45% para pilas y aparatos electrónicos

El anteproyecto de decreto de metas para estos productos en el marco de la Ley REP establece un plazo de 10 años para alcanzar esa cifra. Una vez que el decreto entre en vigencia, los comercializadores de pilas y aparatos eléctricos y electrónicos estarán obligados a recibir, sin costo para los consumidores y en el mismo establecimiento, estos residuos. En el caso de los aparatos grandes, como refrigeradores o televisores, los comercializadores estarán obligados a retirar sin costo para el consumidor la cantidad de residuos equivalentes al aparato que se le haya despachado.

El 10 de marzo el Ministerio de Medio Ambiente publicó el anteproyecto del decreto supremo que establece las metas de recolección y valorización de Pilas y Aparatos Eléctricos y Electrónicos (AEE), en el marco de la Ley REP.


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Cabe recordar que, en Chile, se introducen cada año al mercado cerca de 3.200 toneladas de pilas y 282.400 toneladas de aparatos eléctricos y electrónicos. Al mismo tiempo, se generan alrededor de 2.360 toneladas de residuos de pilas y cerca de 213.810 toneladas de residuos de AEE al año, de los cuales la gran mayoría termina en rellenos sanitarios y solo un 4,1% se recicla, muy lejos de las tasas promedio de los demás países de la OCDE.

Ante este escenario, el ministerio de Medio Ambiente fijó una meta final de reciclaje de un 45% de AEE y pilas que se ponen en el mercado para en un plazo de una década, desde que entre en vigencia la obligación.

El primero año, la meta se iniciará en un 3% para ir subiendo de manera gradual: 5% el segundo año, 8% el tercer año, 12% el cuarto, y así hasta llegar al 45% a contar del décimo año. Adicionalmente, se determinó una meta separada para los denominados “aparatos de intercambio de temperatura” (equipos de refrigeración, aire acondicionado o radiadores), la que iniciará con un 6% a partir del tercer año de vigencia de la obligación -los dos primeros años no habrá meta- para llegar a un 30% el décimo año.

Sistema de recolección

Dadas sus particularidades, la nueva normativa introduce una serie de disposiciones específicas para los residuos de artículos eléctricos y electrónicos.

En el caso de las pilas, por ejemplo, se está exigiendo que las que se importen a Chile cumplan con los estándares de la Unión Europea.

“Estamos exigiendo a todos los locales que tienen tres cajas o más, y que venden pilas, que tengan que recibirlas de forma gratuita. La idea es generar una cultura en las personas, para que cuando van a un supermercado o multitienda puedan acordarse de llevar las pilas como parte del hábito cotidiano”. Esto aun cuando el consumidor no adquiera ningún producto nuevo en la tienda” señaló a País Circular, Guillermo González, jefe de la Oficina de Economía Circular del Ministerio del Medio Ambiente.

Una vez que el decreto entre en vigencia, los comercializadores de pilas y AEE estarán obligados a recibir, sin costo de parte de los consumidores y en el mismo establecimiento, una cantidad de residuos de estos igual a la cantidad de pilas y AEE que estos hayan adquirido.

Además, en lo que respecta a los aparatos grandes, definidos como aquellos con una dimensión exterior superior a 50 centímetros, como podrían ser un refrigerador o un televisor, los comercializadores estarán obligados a retirar sin costo para el consumidor la cantidad de residuos equivalentes al aparato que se le haya despachado.

En lo que respecta a los consumidores, estos estarán también obligados a entregar sus residuos de pilas y AEE a los sistemas de gestión, bajo las condiciones establecidas por estos e informadas previamente.

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