Industrias y comercios deberán informar al Gobierno mensualmente precios y cantidades vendidas

ley trabajadores

De acuerdo al portal de noticias Grupo A24, Industrias y comercios deberán informar al Gobierno mensualmente precios y cantidades vendidas para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica.

Las empresas de los sectores de comercio y de la industria deberán informar mensualmente al Estado sobre los precios y cantidades vendidas de todos sus bienes finales o intermedios, según dispuso la Secretaría de Comercio.


Banner_frasco-suscripcion-800x250

En medio de distintas políticas implementadas por el Poder Ejecutivo para intentar controlar los precios, el Ministerio de Economía decidió extender la entrega de información a un sistema de monitoreo que fue lanzado en marzo de 2021 con el objetivo de tener “alertas tempranas” ante posibles casos de desabastecimiento de productos.

Se trata del Sipre (Sistema Informativo para la Implementación de Reactivación Económica), el cual fue concebido con la misión de exigir a un grupo de empresas consideradas “grandes” según su nivel de facturación anual, que presenten todos los meses información sobre precios, cantidades vendidas de bienes finales e intermedios y de stock.

Este miércoles, a través de la Resolución 67/2023 publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio estableció que todas las empresas de los sectores de comercio y de la industria que fueron incluidas anteriormente “deberán informar mensualmente en el Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica los precios vigentes y cantidades vendidas de todos sus bienes finales o intermedio, hasta el día 31 de diciembre de 2023″.

También, las empresas que se encuentren alcanzadas por el deber de información establecido por la presente medida, “deberán informar además los precios y las cantidades producidas y/o vendidas así como también el stock de todos sus productos durante el mes de enero de 2023, teniendo plazo hasta el día 10 de marzo de 2023”.

Así, continuarán incluidas empresas del sector comercio que hayan registrado ventas por más de 113 millones de pesos por año y empresas dedicadas a la actividad industrial que facturen de forma anual por encima de los 82 millones de pesos.

¿A partir de qué montos de ventas se debe informar al SIPRE?

Las microempresas deberán informar a partir de ventas superiores a $ 23.560.000 en el caso del comercio, y de $ 21.990.000 en el de la industria; y las pequeñas lo harán cuando superen $ 141.680.000 y $ 157.740.000 respectivamente.

Para las medianas empresas del tramo 1 esos límites serán de $ 1.190.400 para el comercio y de $ 986.080 para la industria; y para las del tramo 1, de $ 1.700.590.000 y $ 1.441.090.000.

La normativa precisó que “por ventas totales en el mercado interno, se entiende al valor de las ventas realizadas con destino en el territorio nacional, excluidos el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Interno que pudiera corresponder”.

Por lo tanto, la coyuntura “exige la toma de decisiones urgentes que establezcan marcos de racionalidad y estabilidad, y que permitan retomar un camino de recuperación económica y establecer las bases para un crecimiento sostenible”.

Así subrayó que “se considera pertinente continuar con la implementación de políticas relacionadas con la recuperación económica, el fortalecimiento del mercado interno, el sostenimiento y creación de empleo, el incremento de las actividades productivas y comerciales, la defensa de los derechos de los consumidores y la ampliación de la oferta de bienes y servicios”.

Leer también: Argentina: piqueteros ya están controlando precios en los supermercados

El Estado busca prevenir el desabastecimiento

También indicó que “para el satisfactorio cumplimiento de esas metas resulta indispensable la colaboración entre el Estado y los actores privados, de modo que permita contar con información cierta y actualizada para identificar y caracterizar las diversas problemáticas de los sectores económicos implicados en la producción, con mayor impacto en la población y la actividad económica del país”.

En este marco, consideró que es preciso actuar “previniendo situaciones de desabastecimiento o escasez de insumos y bienes finales, así como la continuidad de servicios asociados a la producción y el comercio”.

Por lo tanto, concluyó que “resulta necesario disponer de información estadística relativa a precios de bienes finales e insumos, así como de datos de producción, capacidad instalada utilizada y situaciones de desabastecimiento o escasez, que permita acceder a un conocimiento constante y actualizado de los mismos en sus distintas etapas de producción, distribución y comercialización”.

En consecuencia, remarcó que es necesario “adoptar aquellas medidas que coadyuven a la estabilización de los precios internos de productos esenciales para la alimentación, así como a mantener un volumen adecuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno, fomentando una mayor producción de estos bienes en la cadena que va desde el productor primario hasta los consumidores finales”.

Banner_azules
Reciba las últimas noticias de la industria en su casilla:

Suscribirse ✉