Condenaron a psicóloga que les daba cannabis medicinal a sus pacientes

aceite cannabis

Milena Pozo (52) recibió tres años de prisión en suspenso. Apelarán la sentencia.

La psicóloga cordobesa Milena Pozo (52), acusada de vender a sus pacientes aceite de cannabis para uso medicinal, fue condenada este lunes a tres años de prisión en suspenso por la Cámara del Crimen de Río Tercero.


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La mujer, que no irá presa, fue encontrada culpable de los delitos de «comercialización de estupefacientes y ejercicio ilegal de la medicina«, aunque fue absuelta por «lesiones leves«. Tanto ella como su abogada, Nadia Podsiadlo, confirmaron a Clarín que apelarán el fallo.

En la última audiencia, el fiscal de la causa había solicitado seis años de prisión.

«No esperaba que no hubiera absolución. Sin embargo, estoy feliz por la absolución de las lesiones leves y de las otras personas implicadas», sostiene Pozo a Clarín.

Y agrega: «Voy a seguir insistiendo en que es una causa de gran contenido político. La cuestion debe seguir políticamente en escena para que la resolución pase por otro estamento de la justicia».

El juicio oral comenzó el 17 de febrero y tenía previsto que el veredicto se dicte el lunes pasado. La decisión judicial sienta jurisprudencia, dado que es el primer caso sobre el uso de cannabis medicinal en el fuero penal de la Justicia provincial de Córdoba.

El caso

El 9 de noviembre de 2017 a las 7, la Fuerza Policial Antinarcotráfico rompió la puerta de la casa de Pozo para allanarla. Los agentes ingresaron encapuchados, con armas y cámaras. «Fue un procedimiento muy violento», detalló.

La psicóloga explicó que los agentes se llevaron todo el aceite de cannabis que tenía, $7.500, su agenda, celular y el de su entonces pareja, las notebooks y los autos de los dos.

Durante un día y medio estuvo detenida en la comisaría de Río Tercero. Ocho meses antes, se había sancionado la ley de cannabis medicinal.

La norma prevé las bases para la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta y sus derivados. Por su parte, la Justicia encuadró su accionar en la Ley 23.737 sobre tenencia y tráfico de estupefacientes.

El planteo defensivo

Durante el juicio, Podsiadlo había pedido la absolución de su clienta. La fundamentó con todos los fallos de cannabis medicinal del país y, en especial, en los dos dictados por la Justicia Federal en Córdoba.

Esos casos son el de Daniel Landgren y Carlos Laje. «Pese a que vendían aceite de cannabis en grandes cantidades fueron absueltos y sobreseídos», dijo Podsiadlo. Y agregó: «Si en la Justicia Federal, que se decide sobre delitos de mayor entidad, se tuvo este criterio, en Provincia -con una menor reprochabilidad- se debe tener el mismo criterio».

La abogada destacó que «nadie» había sido «condenado en Argentina desde el 2017 (se sancionó de la ley de cannabis con fines terapéuticos) en adelante, cuando una causa trata la venta de aceite de cannabis medicinal».

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